Una casa está llena de historias compartidas.
Aquí te contamos la nuestra

Comunicación

>

>

Campaña de la Renta 2023: guía rápida con todo lo que debes saber

Comunicación Corporativa

-

18/03/2024

Aunque todavía quedan algunas semanas para que empiece la campaña de la Renta 2023, hay cosas que ya puedes tener en cuenta antes de solicitar el borrador de la declaración que vas a presentar en 2024. En esta práctica guía te hablamos de las fechas más importantes y de todos los supuestos que podrían aplicar a tu situación personal.

¿Qué es la declaración de la renta?

La declaración de la renta es uno de los trámites fiscales más importantes que deben realizar los contribuyentes en nuestro país.

Este proceso permite a la Agencia Tributaria, conocida de forma coloquial como Hacienda, conocer la situación económica de los ciudadanos y, en función de ello, establecer el pago de los impuestos correspondientes.

Los ciudadanos que presenten la declaración deben reunir toda la documentación necesaria, incluidas nóminas, facturas de gastos deducibles, certificados de retenciones, información sobre bienes inmuebles y otros activos financieros.

Además, también hay que tener en cuenta las deducciones y exenciones fiscales, un punto que trataremos más adelante en este post.

¿Es obligatorio hacer la declaración de la Renta?

La declaración de la Renta es un trámite obligatorio para todas aquellas personas que recibieron ingresos iguales o superiores a 22.000€ en el 2023.

Esto incluye a trabajadores asalariados, autónomos, propietarios de inmuebles y otras propiedades, así como a otros individuos con ingresos imponibles.

    • Personas que han percibido el Ingreso Mínimo Vital: Aunque se trate de una renta exenta de tributación, si en 2023 recibiste el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también tendrás que presentar la declaración.
    • Pensionistas: Será obligatorio presentar la declaración de la renta para pensionistas o personas perceptoras de prestaciones pasivas de dos o más pagadores si su importe total supera los 22.000€.
    • ¿Tuviste más de un pagador en 2023? Si en 2023 recibiste ingresos superiores a 1.500€ anuales por parte de dos o más pagadores, los límites para presentar la declaración serán de 15.000€.
    • ¿Has recibido algún tipo de pensión compensatoria del cónyuge o cheque para alimentos? En caso afirmativo, el límite será también de 15.000€ anuales.
    • ¿Has recibido otros rendimientos económicos además de tu sueldo? Si además de tu salario tienes rendimientos superiores a 1600€ procedentes de capital mobiliario (acciones o intereses en tus cuentas) o ganancias patrimoniales (venta vivienda, acciones, fondos de inversión, premios, ganancias de loterías, también tendrás que presentar la declaración de la renta.
    • ¿Has recibido más de 1000€ de rentas inmobiliarias, subvenciones y letras del tesoro? Si además de tu salario has tenido rendimientos superiores a 1000€ procedentes de rentas inmobiliarias, subvenciones o letras del tesoro, también tendrás que presentar la declaración de la renta.

Novedades en la campaña de la renta 2023

La campaña de la Renta es el periodo de tiempo en el que los contribuyentes presentan su declaración de impuestos sobre la renta y patrimonio del año fiscal anterior.

Como en años anteriores, este 2024 la campaña de la Renta 2023 dará comienzo en el mes de abril y terminará en el mes de julio, periodo durante el que podrás solicitar tu borrador en la web oficial de la Agencia Tributaria o solicitándolo en persona en sus oficinas físicas.

La declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2023 incluye algunas novedades:

    • Compra de vehículos eléctricos: Se incluye la deducción de hasta el 15% en la compra de vehículos eléctricos desde el 30 de junio de 2023.
    • Se amplía la cobertura de las deducciones por maternidad: hasta el año pasado las madres sin empleo no podían acceder a la deducción por maternidad por cada hijo menor de 3 años, algo que cambió en 2023, pudiendo optar las madres receptoras de prestaciones contributivas o asistenciales. En este 2024 los 1200€ pueden ampliarse por gastos de guardería a otros 1000€.
    • Deducciones por obras de rehabilitación de vivienda: se amplía para el próximo año fiscal.
    • Autónomos con trabajadores a cargo: Se incluye la deducción deducción de hasta el 10% en la cuota íntegra por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial (para rentas inferiores a 27.000€).
    • Donaciones a ONG: Deducciones de entre el 10% y el 80% dependiendo del capital aportado en donaciones a ONG. Se pueden desgravar también el 20% de las donaciones a partidos políticos, con un máximo de 600€, y a colegios profesionales y sindicatos (hasta 500€).

Calendario de la Renta 2023

Como te decíamos al comienzo, aunque aún faltan unas semanas para el inicio de la campaña Renta 2023, debes tener en cuenta las siguientes fechas. Este año abrirá ocho días antes que en 2023 y cerrará el 1 de julio. 

    • A partir del 19 de marzo de 2024 podrás consultar y rectificar tus datos fiscales.
    • Declaración online: Solicita tu borrador y presenta tu declaración por Internet del 3 de abril al 1 de julio de 2024.
    • Declaración de la Renta telefónica
      • Solicita una cita previa para hacer tu declaración telefónica desde el 29 de abril hasta el 28 de junio de 2024. Concierta previamente la cita llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
      • Realiza tu declaración por teléfono del 7 de mayo al 1 de junio de 2024.
    • Declaración de la renta presencial
      • Solicita una cita previa para hacer tu declaración en una oficina de la Agencia Tributaria desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio de 2024.
      • Realiza tu declaración de forma presencial del 3 al 30 de junio de 2024.

¿Qué desgravaciones son aplicables a los propietarios de vivienda?

Al margen de las desgravaciones fiscales, también llamadas reducciones, que podrás deducirte en tu declaración de la Renta, como aportaciones a planes de pensiones, ayudas a la maternidad, pensiones compensatorias, familias numerosas, donaciones a ONGs o deducciones autonómicas, entre otras, ser propietario de una vivienda puede suponer una ventaja fiscal para ti. 

– Deducción por adquisición de vivienda habitual

Si contrataste una hipoteca para tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, podrás desgravarte el 15% del importe que hayas aportado en el año fiscal por tu casa, sobre un máximo de 9040€ por año. Es decir, que podrás desgravarte hasta 1.356€ en tu declaración.

– Deducciones de hasta el 60% por obras de rehabilitación de vivienda

El Real Decreto-ley 19/2021 estipula deducciones fiscales del 20, 40 y 60% en las obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de los hogares en obras realizadas a partir de octubre de 2021. Se trata de una deducción que ya estaba vigente y se amplia para el próximo año fiscal. 

Estas deducciones están entre las medidas planteadas por el Gobierno para impulsar la rehabilitación energética de edificios y viviendas particulares a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con capital de los fondos europeos Next Generation EU.

Resultado de la renta ¿A devolver o a ingresar?

Nuestra declaración de la renta 2023 podrá tener tres posibles resultados: a devolver, a ingresar o declaración negativa.

    • A devolver: Significa que el resultado de nuestra declaración es negativo y que Hacienda nos tendrá que ingresar la cantidad correspondiente después de presentar la declaración. Esto es así  porque tras el cálculo total de las retenciones aplicadas, el importe es superior a la cuota resultante de liquidación y obliga a la Agencia Tributaria a la devolución de esa diferencia.

Si este fuese tu caso y pasases a formar parte del ‘team de los afortunados’, simplemente tendrás que esperar que se haga el ingreso en tu cuenta corriente. Según la Ley del IRPF,  la Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses desde el «término del plazo establecido para la presentación de la declaración». En el caso de que tarde más de ese período de seis meses, el dinero se te devolverá con los correspondientes intereses de demora. En la actualidad, este interés es del 3,75%.

    • A ingresar: El resultado será positivo y tendremos que abonar una cantidad determinada al Fisco.
    • Declaración negativa: Nuestra declaración puede resultar igual a cero.

Para acceder a una información más detallada sobre los cambios en esta campaña de la renta 2023 y ver cómo te afectan, te invitamos a que visites la web de la Agencia Tributaria Española o los consultes con tu gestor de confianza.

Descarga toda la documentación de tu préstamo en tu web

Recuerda que en breve podrás acceder al certificado del IRPF 2023 de tu préstamo desde tu web, en el apartado MI ESPACIO, en la sección «Documentación» en «mi carpeta».

Entradas relacionadas

Hora planeta: Apaga las luces, enciende el planeta

Cómo hacer de nuestra vivienda un refugio a salvo de alergias primaverales

Crea un hogar corresponsable

Descubriendo las curiosidades del año bisiesto